Source & Author: Mapama
Afecta a 9 personas físicas y 3 jurídicas, todas de nacionalidad española, por su participación en la propiedad, gestión y explotación de estos buques.
Pone de manifiesto la firme voluntad de España de luchar contra la pesca ilegal, mediante el control de los buques de bandera española, sus aguas, sus puertos y las importaciones de terceros países.
El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (MAPAMA) ha iniciado un expediente sancionador frente a 9 personas físicas y 3 personas jurídicas, todos de nacionalidad española, con el objeto de depurar las responsabilidades en relación con su participación en la propiedad, gestión y explotación de los buques THUNDER y TCHAW. Unos buques que han sido identificados, por diversos organismos internacionales, como implicados en Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada (Pesca INDNR).
De acuerdo con la legislación española, estos hechos se encuentran tipificados como infracción muy grave, pudiendo llevar aparejadas multas de entre 60.001 € y 600.000€, así como la inhabilitación para el ejercicio de actividades pesqueras y la prohibición de obtener cualquier tipo de ayuda pública.
Este expediente sancionador es consecuencia de la Operación SPARROW 2, desarrollada por los servicios de inspección de la Secretaría General de Pesca, en cuyo marco se inspeccionaron las sedes de varias empresas en las provincias de A Coruña, Pontevedra y Ourense los días 28, 29 y 30 de julio de 2015.
Gracias a estas actuaciones, se obtuvo numerosa documentación relativa a los buques VIKING, SEABULL 22, THUNDER y TCHAW, todos ellos incluidos en la lista comunitaria de buques implicados en pesca INDNR.
EXPEDIENTES OPERACIÓN SPARROW 2
En relación con los buques VIKING y SEABULL 22, se tramitó un expediente, cuya resolución puso de manifiesto la existencia de un entramado empresarial que tenía por finalidad la gestión y explotación de los buques, mediante el uso de sociedades pantalla no comunitarias para evitar que las autoridades pesqueras españolas descubrieran los hechos.
Se sancionó a 6 personas físicas y 6 personas jurídicas con multas de 5.270.002 euros, a las que se unieron las sanciones de inhabilitación para el ejercicio de actividades pesqueras que van entre los 5 y los 14 años, y la prohibición de obtener subvenciones y ayudas públicas que van entre los 5 y los 12 años. Además, se sancionó también a una de las personas físicas implicadas por obstrucción a las labores de inspección y destrucción de documentos, con una multa de 60.000 euros.
En cuanto a los buques THUNDER y TCHAW, sobre los que ha iniciado el expediente sancionador, ambos se encuentran incluidos desde el año 2010 en la lista de implicados en pesca INDNR. Ya desde el año 2007 habían sido identificados por estas prácticas por la Organización Pesquera para el Atlántico Sureste (SEAFO, en sus siglas en inglés), y desde el año 2005, en el caso del TCHAW, y el año 2006, en el caso del THUNDER, por la Comisión para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA o CCAMLR, en sus siglas en inglés).
Para dificultar el seguimiento de su actividad, estos buques han operado con otros diversos nombres, resultando esencial para su identificación sus números IMO. Así, el buque TCHAW también ha operado con los nombres REX, CONDOR, INCA, CISNE AZUL, PESCAMEX IV, PESCAMEX III, AROSA CUARTO y PESCACISNE Por su parte el buque THUNDER ha usado los nombres BATU I, RAZ, MING NO. 5, THUNDER, WUHAN No 4, KUKO, TYPHOON, RANGE, RUBIN, ARTIC RANGER y VESTURVON.
LUCHA CONTRA LA PESCA ILEGAL
La pesca INDNR es una de las mayores amenazas para la explotación sostenible de los recursos acuáticos vivos y la biodiversidad marina. Por este motivo, el derecho comunitario prohíbe expresamente que los nacionales de los Estados Miembros presten cualquier tipo de ayuda a la pesca INDNR, o se beneficien directa o indirectamente de la actividad de los buques incluidos en la lista comunitaria de buques de este tipo de actividad pesquera.
Ante dichas prácticas, ha resultado clave el cambio normativo realizado por la Ley 33/2014 que refuerza las competencias del MAPAMA en la lucha contra la pesca INDNR. Esta Ley permite la realización de inspecciones fuera de los buques y de las instalaciones de carácter estrictamente pesquero, previa obtención de autorización judicial cuando así fuese oportuno.
Este nuevo expediente sancionador pone de manifiesto la firme voluntad de España de luchar contra la pesca ilegal, mediante el control de los buques de bandera española, sus aguas, sus puertos y las importaciones de productos de la pesca procedentes de terceros países. También mediante el ejercicio de su responsabilidad sobre todos sus nacionales, ya se trate de personas físicas o jurídicas, evitando cualquier tipo de participación o de apoyo a la Pesca INDNR, utilizando para ello todos los instrumentos que la legislación española, comunitaria e internacional pone a su disposición.
Se continúa así la senda marcada con la Operación Sparrow uno, que desembocó en un expediente sancionador por el que el Ministerio impuso sanciones por valor de 17.840.001€, así como inhabilitaciones para el ejercicio de actividades pesqueras de entre 5 y los 23 años. También se estableció la prohibición de obtener subvenciones y ayudas públicas durante periodos que van entre los 5 y los 26 años, por la vinculación de personas físicas y jurídicas españolas con los buques KUNLUN, YONGDING, SONGHUA y TIANTAI, así como por obstrucción muy grave a las labores de inspección y destrucción de pruebas.